El Dirigente del Partido Verde en Querétaro entregó al Coordinador de este mismo partido en la 59 Legislatura Jorge Herrera Martínez observaciones al Proyecto de Reforma a la Ley Electoral, quien a su vez las hará llegar a los demás coordinadores de fracciones y grupos legislativos de Morena, PAN, PRI, PES y Querétaro Independiente, referente a la postura de este instituto político en el Artículo 14 de que los alcaldes deben separarse del cargo para contender.
Dentro del paquete de observaciones el Dirigente Estatal, argumenta que en la propuesta de Reforma al Artículo 14 refiere al requisito para las postulaciones, proponiendo que para el caso de quienes integren los Ayuntamientos, estos podrán optar por separarse de sus funciones.
Precisa que este supuesto, específicamente para el caso de los Presidentes Municipales, estos son titulares del Poder Ejecutivo, es decir, disponen de recurso público a ejecutar, mismo que como su nombre lo indica, lo hace mediante programas, acciones y obras entre muchos otros, que pueden ser utilizados en este lapso en beneficio de un partido, coalición o de su propia candidatura que representen.
Precisa que al exceptuar a los titulares del Poder Ejecutivo municipal del deber de separarse del cargo con la antelación debida para poder contender por otro o por el mismo cargo, se lesionan los principios de igualdad. De igual manera la justificación que expresan en el proyecto con base a que la separación podría generar problemas de funcionalidad y de gobernabilidad, “no basta para sustentar la modificación en comento, ya que una administración municipal está compuesta por una estructura orgánica firme y en caso contrario, entonces estaríamos hablando de que se trata de un candidato que no ejerció el puesto de manera idónea”.
Por otra parte, señala que en el Artículo 78 el titular de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, podrá autorizar el cambio de adscripción de Consejerías como auxiliares en Consejos distintos al de su adscripción, es decir, ya no se hará mediante Consejo, sino de mutuo propio del Secretario Ejecutivo, por lo que se trata de una medida arbitraria que aunque se pretende justificarla en base a que dichos cambios obedecerían por mera funcionalidad en el proceso electoral, en la práctica pueda distorsionarse el objetivo.
Y finalmente, Ricardo Astudillo precisa en el documento de observaciones que el Articulo 141 dado que se reduce el periodo electoral, se afecta también el plazo para presentar la carta intención para una candidatura común. La propuesta del Partido Verde es que dicho plazo siga como hasta ahora, es decir, que la carta intención tenga como límite de entrega el inicio de campaña y no como se propone en el inicio de precampaña.