Querétaro 16 junio, 2022

Estados, sin facultad para proteger fiesta brava: SCJN

por Staff02 inqro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades de los estados no tienen facultad para nombrar a la fiesta taurina y las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial.

Esta determinación se dio por un recurso promovido en el estado de Nayarit, sin embargo, al sentar jurisprudencia abre la puerta para que en otras entidades se apelen acciones similares.

“La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo contra el Decreto del Estado de Nayarit en el cual se declaró a la fiesta taurina y a las peleas de gallos, como patrimonio cultural inmaterial de tal entidad federativa”.

Para otorgar el amparo, la Sala precisó que la facultad para emitir este tipo de declaratorias corresponde a la Federación y no así a los Estados de la República, conforme a la interpretación de la Constitución Federal y la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

Se destacó que la resolución no resuelven sobre si son o no legales estas prácticas.

En Querétaro, la “fiesta brava” es patrimonio cultural inmaterial desde diciembre de 2012, nombramiento otorgado por el Congreso estatal, lo que obliga al Estado a generar acciones que preserven y protejan la actividad.