#Covid19Qro, Actual, Nacional 28 abril, 2020

Ante pandemia se necesita establecer una nueva relación de las personas con su entorno: SEMARNAT

por Redacción

Buscará Semarnat un ordenamiento del territorio que no violente el equilibrio natural de los ecosistemas


• Propone un esquema transversal que garantice la integridad ecosistémica


El ordenamiento ecológico. Una herramienta que ayuda a regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas.


El primer paso es cobrar conciencia del potencial natural del territorio en el que habitamos, para que su aprovechamiento no violente el equilibrio y derive en problemas ambientales y de salud.

· El objetivo es revertir el esquema de explotación depredatorio y desmedido aplicado en los últimos años

Para lograr un proceso de recuperación más eficiente que no represente repetir las mismas fórmulas que llevaron a enfrentar una crisis como la generada por el COVID-19, es indispensable retomar y consolidar el ordenamiento ecológico del territorio como una herramienta que ayude a regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con base en la protección del medio ambiente, así como la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Luego de la crisis causada por la actual pandemia, es claro que se necesita establecer una nueva relación de las personas con su entorno ecológico, para lo cual el primer paso es cobrar conciencia del potencial natural del territorio que habitan, para que su aprovechamiento no violente el equilibrio y derive en problemas ambientales y de salud.

Una correcta aplicación de este instrumento de política ambiental ayudará a definir de manera eficiente las actividades productivas del país, al contribuir al fomento de la agroecología, el uso sustentable de los recursos forestales y la protección de bosques y selvas, el impulso de la ganadería sustentable, y a detener la destrucción de los ecosistemas y el tráfico de especies.

Para ello, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) plantea, como un primer punto en su Artículo 3º, fracción XIII, un análisis de las tendencias del territorio y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos, ya que a partir de ello se puede definir la vocación natural de producción de cada área natural del país, y a partir de ahí elaborar las estrategias que permitan esa sana relación de aprovechamiento bajo una visión sustentable.

En la formulación del ordenamiento ecológico, la LGEEPA recomienda considerar la naturaleza y características de los ecosistemas existentes en el territorio nacional; la vocación de cada zona o región, en función de sus recursos naturales; la distribución de la población y las actividades económicas predominantes.

Además, se deben contemplar los desequilibrios existentes en los ecosistemas que han sido causados por los asentamientos humanos o las actividades económicas, y por los fenómenos naturales, para luego aclarar el equilibrio que debe existir entre las áreas habitadas por la gente y sus condiciones ambientales; y el impacto ambiental que podrían tener nuevas poblaciones o ciudades.

También se deben tomar en cuenta “las modalidades que de conformidad con la presente Ley establezcan los decretos por los que se constituyan las áreas naturales protegidas, así como las demás disposiciones previstas en el programa de manejo respectivo, en su caso”.

Actualmente, la LGEEPA define cuatro modalidades de ordenamiento ecológico, que son: el General, que define una regionalización ecológica en la que se identifican áreas de atención prioritaria, áreas de aptitud sectorial y lineamientos y estrategias ecológicas aplicadas a dichas área; el Marino, cuyo fin es establecer los lineamientos y las previsiones a que deberá sujetarse el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales marinos, su mantenimiento y protección de servicios ambientales, la conservación de sus ecosistemas y la biodiversidad, ambos de competencia del gobierno Federal.

Asimismo, el Regional, (de competencia estatal y federal) que busca orientar el desarrollo de los programas sectoriales hacia los sitios, con mayor aptitud y menor impacto ambiental, identificar áreas de atención prioritaria, optimizar el gasto público, asegurar la continuidad de las políticas ambientales locales; y el Local, (de competencia municipal) que tiene como fin regular los usos del suelo fuera de los centros de población y establecer los criterios de regulación ecológica dentro de los centros de población para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Para la presente administración federal, el reto es trabajar este Ordenamiento Ecológico Territorial de forma transversal, pues será de gran importancia que la creación de nueva infraestructura mantenga la integridad ecosistémica, ya que el riesgo de liberar nuevos patógenos también debería ser tomado en cuenta en los análisis de riesgo.

Cabe señalar que el desarrollo alcanzado por el mundo y el país ha tenido como base esquemas de explotación que, a pesar de los beneficios que le han permitido a la humanidad en materia de comunicaciones, transportes, infraestructura minera y energía, entre otros, se han traducido también en la destrucción y fragmentación de hábitats por la dinámica depredatoria con la que se han aplicado.

En la medida en que la población conozca y respete plenamente los recursos con los que cuenta, podrá establecer una estrategia para su aprovechamiento sustentable, en armonía y sin el grado de destrucción que se ha traducido en una serie de epidemias y enfermedades que han afectado a la población mundial en particular durante los últimos 50 años.